Perder la nacionalidad francesa por desuetudo

Publié le par Français du monde - adfe - Costa Rica

Perder la nacionalidad francesa

Costa Rica exige a los extranjeros que renuncien a su nacionalidad de origen cuando solicitan la naturalización costarricense, pero ¿se puede renunciar a la nacionalidad de origen? Sobre el papel sin duda, pero los orígenes, la lengua, la cultura y el pasado no pueden borrarse con una declaración y una firma. En cambio, en Francia, las personas que han adquirido una segunda nacionalidad son y seguirán siendo siempre francesas, salvo en los siguientes casos: En primer lugar, si la persona con doble nacionalidad renuncia voluntariamente a la nacionalidad francesa ante los servicios diplomáticos franceses. En segundo lugar, los binacionales pueden perder la nacionalidad francesa por «desuetudo», ya que la nacionalidad francesa no se transmite a perpetuidad por filiación para los binacionales que viven en el extranjero. Una persona que posea la nacionalidad del país en el que reside y que no tenga ningún vínculo con Francia desde hace más de medio siglo puede perder la nacionalidad francesa si sus padres viven en el extranjero desde hace más de 50 años, si ni ella ni sus padres franceses han mantenido ningún vínculo con Francia a través del consulado, ya sea mediante la renovación de documentos de identidad o la transcripción de actas de estado civil (matrimonio, nacimiento) o el mantenimiento de su inscripción en el registro de franceses establecidos fuera de Francia.

Para no correr el riesgo de quedar obsoletos, se aconseja a los franceses residentes en el extranjero que se aseguren de hacer transcribir sus actas de estado civil, así como de renovar sus documentos de identidad y pasaportes caducados, sin olvidar mantener su inscripción en el registro de franceses establecidos fuera de Francia, y facilitar a su consulado su dirección, correo electrónico y número de teléfono.

¡Ojo!: el certificado de nacionalidad francesa es el único medio legal de probar su nacionalidad francesa (artículo 31-2 del Código Civil francés).

Si desea solicitar un CNF, los tribunales competentes son :

1 - para las personas residentes en el extranjero y nacidas en el extranjero :

TRIBUNAL D’INSTANCE DE PARIS

POLE DE LA NATIONALITE

PARVIS DU TRIBUNAL

75017 PARIS

e-mail : chg.natio.tgi-paris@justice.fr

Tel : 0144325151

Fax : 0144329281

2 - para las personas que viven en el extranjero y han nacido en Francia. La solicitud debe enviarse directamente a la secretaría del tribunal de distrito del lugar de nacimiento.

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